Por: Luis Britto García
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El
golpe avisa. Los del Imperio advierten durante años o décadas. A veces
las víctimas son sus más asiduos colaboradores. Por ejemplo, los
enemigos de la soberanía de Venezuela que suscribieron el "Convenio
sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y
Nacionales de Otros Estados" (CIADI). En virtud de él, Venezuela cedía a
órganos arbitrales extranjeros la irrenunciable potestad soberana de
resolver con sus tribunales y de acuerdo con sus leyes las controversias
sobre contratos de interés público. Según afirmamos el entrañable
colega Fermín Toro Giménez y quien suscribe en demanda ante el TSJ,
“Venezuela se adhirió a este Convenio en 1993, por decisión de un
gobierno provisional débil y desprovisto de legitimidad popular,
presionado por sectores económicos transnacionales que participaban del
desmantelamiento de la soberanía nacional venezolana”. En
Venezuela lo provisional es lo único que dura: ese “gobierno provisional
débil y desprovisto de legitimidad” de 1993 sigue mandando.
2
En
la misma demanda sostuvimos que “La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999 invalida, en su espíritu y en su letra,
las disposiciones del mencionado Convenio, cuando reza en su Artículo
151 que ‘en los contratos de interés público, si no fuere improcedente
de acuerdo con la naturaleza de los mismos, se considerará incorporada,
aun cuando no estuviere expresa, una cláusula según la cual las dudas y
controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos y que no
llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes,
serán decididas por los tribunales competentes de la República, de
conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar
origen a reclamaciones extranjeras".
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Pero el Tribunal Supremo de Justicia, en lugar de aplicar la Constitución, en sentencia del 17 de diciembre de 2008 afirmó
que los ciudadanos no teníamos “capacidad ni interés” para defender la
soberanía de Venezuela, y que la inmunidad de jurisdicción que consagra
el artículo 1 de nuestra Carta Fundamental no vale porque que para nuestro país “resulta imposible sostener una teoría de la inmunidad absoluta” pues “se acogió al sistema de inmunidad relativa”.
Durante casi tres años adelantamos pertinaz campaña de prensa en contra
de ese fallo, hasta que el 28 de enero de 2011 el Presidente Hugo
Chávez Frías declaró que "No hay ni podrá haber ni habrá ninguna instrucción de ningún centro económico político por encima de la Constitución". Y punto.
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El
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores en oficio de 25
de enero de 2012 denunció de manera irrevocable ante el Banco Mundial
el "Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre
Estados y Nacionales de Otros Estados". Quizá sepa el lector que en 233
controversias entre transnacionales y Estados, el CIADI decidió sólo
tres casos a favor de los últimos y que, denunciado el convenio, todavía
podían las empresas extranjeras iniciar litigios ante él durante seis
meses, hasta el 25 de julio de 2012. Pero las transnacionales siguieron y
siguen acumulando demandas ante esos órganos arbitrales que siempre
deciden contra Venezuela.
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En
esta rapiña han acuñado contra Venezuela unas veinte demandas, seis de
ellas después de la separación del CIADI, cuyo monto total se acerca al
de nuestras reservas internacionales. Son demandas temerarias,
artificialmente infladas, pero Cortes de Árbitros que siempre deciden
contra nuestros países pueden condenarnos sin fundamentos ni medida. Por
ejemplo, en el caso de Conoco, ya decidió el CIADI que Venezuela actuó
“de mala fe” y que las expropiaciones en la Faja del Orinoco son
“ilegales”. Vale decir, una Corte del Banco Mundial decide que nuestro
país no puede ejercer la soberanía constitucional de expropiar. Sólo por
este caso, fuentes nacionales calculan una indemnización por 3.500
millones de dólares; Bank of America-Merryl Lynch estima un monto entre 30 a 20 millardos de dólares.
Es una suma superior a los daños hasta ahora estimados por el paro
petrolero de 2002-2003, y cercana a la de la estafa cambiaria del SITME,
uno de los factores que forzaron una inoportuna devaluación. De ser
así, resultaría otro verdadero y demoledor golpe económico.
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Prestamente
se quejan las autoridades cuando un tribunal extranjero les descarga
una montaña de palos. Pero con la mayor tranquilidad aceptan nuestros
legisladores durante 20 años la tiranía de esas infames cortes
supranacionales, los administradores firman contratos con cláusulas
inconstitucionales que nos someten a ellas, los jueces pretenden
legitimarlas inventando patrañas como la “soberanía relativa”, y los
ciudadanos pagamos los déficits fiscales ¿Y si alguna vez se exige a los
culpables la responsabilidad penal, civil y administrativa que les
corresponde?
PD:
El candidato opositor Capriles Radonski anuncia haber introducido ante
la Corte Interamericana de los Derechos Humanos demanda de anulación de
las elecciones el 9 de septiembre de 2013. El 6 de este mes se cumplió
un año desde la notificación a ese organismo de nuestra denuncia de la
Convención Americana, por lo que ya estamos fuera de su jurisdicción.
Como que es cierto que lo aplazaron en Derecho Internacional.